El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la medalla de campaña y se establecen los criterios generales para su concesión.
El objeto de la medalla es reconocer la participación de personal de las Fuerzas Armadas, así como en su caso, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de personal civil nacional y de personal militar y civil extranjero, en operaciones militares y campañas en el exterior, tanto en una coalición nacional como en el marco de organizaciones internacionales, siempre que no tengan ya asociada la concesión de una medalla específica.
La concesión de la medalla de campaña se basará en los tiempos de permanencia en zona de una misma operación (mínimo treinta días) o diez misiones de vuelo sobre la zona de operaciones, contabilizándose un máximo de una misión diaria. A efectos de dicha contabilización, será necesario que el personal haya sido designado o nombrado expresamente para la participación en la operación o campaña.
Tal como establece el Real Decreto 1040/2003 (Reglamento general de recompensas militares) la medalla, que se concede como reconocimiento de la participación en las operaciones y campañas en el exterior, tendrá carácter exclusivamente honorífico y no de recompensa militar, y no generará ningún derecho distinto de su uso.
El procedimiento de concesión se iniciará de oficio y se tramitará y resolverá mediante Orden Ministerial.
Tendrá derecho a la concesión de la medalla de campaña, con carácter retroactivo, el personal que desde el 1 de enero de 1989, año de inicio de la participación de las Fuerzas Armadas en misiones internacionales, hubiese participado en aquellas operaciones militares y campañas en el exterior que se determinen.
Podrá concederse con carácter extraordinario al personal que, como consecuencia de su permanencia en las operaciones o campañas, por acto de servicio o contingencia profesional haya fallecido, se dé por desaparecido o haya sido repatriado por heridas o lesiones graves.
Pues ya ha llovido desde la noticia, y no han dado ni una....
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